LEADER 2023-2027

LEADER 2023-2027

 

 

Con la publicación de la Orden AGR/1898/2022, de 21 diciembre, por la que se regula el procedimiento para la selección de entidades candidatas a convertirse en grupos de acción local en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común de España para el período 2023- 2027 (PEPAC) en Castilla y León, para el periodo 2023-2027, se inició, en Castilla y León, el procedimiento para la implementación de la intervención 7119 LEADER que contempla el Plan estratégico en el marco de la política agrícola común para el período comprendido entre el 1 de enero de 2023 y el 31 de diciembre de 2027 (Plan Estratégico de la PAC 2023-2027), aprobado mediante Decisión de ejecución C (2022) 6017, de 31 de agosto de 2022.

Por Orden AGR/1048/2023, de 25 de agosto, se resolvió la convocatoria para la selección de estrategias de desarrollo local y se aprobaron los Grupos de Acción Local y las asignaciones de fondos públicos destinados a las estrategias, en el marco del Plan estratégico Nacional de la Politica Agrícola Común (PEPAC) 2023-2027 de España.

El 31 de Octubre de 2023 el GAL ARADUEY- CAMPOS, junto al resto de Gal de Castilla Y león firmaba el Convenio entre la consejería de agricultura, ganadería y desarrollo rural de la junta de castilla y león y el grupo de acción local ARADUEY CAMPOS, para la aplicación de la intervención 7119 leader, del plan estratégico de la política agrícola común de España para el período 2023-2027 en nuestro territorio.

 LEADER-2023-2027 

Por RESOLUCIÓN de 16 de febrero de 2024, de la Dirección General de la Industria y la Cadena Agroalimentarias, se aprobó el régimen de ayudas para la aplicación de Estrategias de Desarrollo Local (LEADER) en Castilla y León en el período 2023-2027.

Finalmente por Resolución de 4 de julio de 2024, de la Dirección General de la Industria y la Cadena agroalimentarias, se APROBÓ el Procedimiento de Gestión del Grupo de Acción Local ASOCIACION INTERMUNICIPAL PARA EL DESARROLLO LOCAL DE LA COMARCA DE TIERRA DE CAMPOS PALENTINA (ARADUEY) solicitado con fecha 27 de junio de 2024.

MANUAL DE PROCEDIMIENTO

RÉGIMEN DE AYUDAS ETAPA 2023-2027

PROCEDIMIENTPO INTERNO DE GESTÓN (Criterios de selección)

 

 

Medidas Leader subvencionables

1. MEDIDA 7119.2

1.1. Proyectos auxiliables. Tipología de los proyectos productivos.

En función de su naturaleza, los proyectos auxiliables dentro de la medida 7119.2 podrán ser productivos y no productivos, de acuerdo con la definición que para cada uno de ellos se establece en el artículo 3 del régimen de ayudas.

En cuanto a los proyectos productivos se establecen los siguientes tipos:

• Creación: proyectos de inversión destinados a la creación de un nuevo establecimiento. Se incluirán aquellos en los que se prevea la ejecución de las inversiones necesarias para equipar y acondicionar un centro de trabajo que no existiera con anterioridad.

• Ampliación: proyectos de inversión cuyo objetivo es la ampliación de la capacidad de un establecimiento existente. Se incluirán aquellos que supongan el desarrollo de una actividad ya establecida, incrementando la producción.

• Diversificación: proyectos de inversión cuyo objetivo es la diversificación de la producción de un establecimiento en productos que anteriormente no se producían en el mismo o una transformación fundamental del proceso global de producción de un establecimiento existente.

1.2. Acciones de la Medida 7119.2.

En función del marco normativo que habilita su concesión, las ayudas que contempla la Medida 7119.2 se clasifican en las siguientes ACCIONES:

7719.2.1–Creación; ampliación y diversificación de Pymes cuyo objeto es la producción de bienes. Estas ayudas están amparadas por el Reglamento (UE) n.º 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014.

Se excluyen específicamente de la ayuda las operaciones llevadas a cabo por PYMES dentro del sector de la producción agrícola primaria; del sector agroalimentario; del sector forestal; del sector del acero; del sector del carbón; del sector de la construcción naval; del sector de las fibras sintéticas; del sector de los transportes, así como la infraestructura conexa; la producción y distribución de energía y las infraestructuras energéticas.

No obstante lo anterior, en esta acción podrán incluirse operaciones llevadas a cabo por PYMES dentro del sector de la producción agrícola primaria siempre que su objetivo final y prioritario no sea la producción agraria en sí misma y planteen actuaciones cuya finalidad principal tenga un carácter integrador y social (no la comercialización de los productos obtenidos), así como los que tengan como objetivo: Repoblaciones de animales, animales de compañía, producción de pieles, pelo y pluma y aquellos cuyo destino prioritario esté enfocado a actividades de educación, turismo, deporte, ocio y tiempo libre.

• 7719.2.2– Creación; ampliación y diversificación de Pymes cuyo objeto es la prestación de servicios y la actividad comercial. Estas ayudas están amparadas por el Reglamento (UE) 2022/2472 de la Comisión, de 14 de diciembre de 2022.

• 7719.2.3–Creación; ampliación y diversificación de Pymes relacionadas el sector turismo. Estas ayudas están amparadas por el Reglamento (UE) n.º 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014.

Se excluyen específicamente las operaciones cuyo objeto sea el arrendamiento de apartamentos o viviendas amueblados cuando el arrendador no se obligue a la prestación de alguno de los servicios complementarios propios de la industria hotelera.

• 7719.2.4– Creación; ampliación y diversificación de Pymes relacionadas con la transformación y/o comercialización de productos agrícolas (primera transformación). Estas ayudas están amparadas por el artículo 42 del TFUE.

• 7719.2.5– Creación; ampliación y diversificación de Pymes relacionadas con otras transformaciones agroalimentarias (segundas transformaciones). Estas ayudas están amparadas por el Reglamento (UE) n.º 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014.

• 7719.2.6– Infraestructuras y servicios básicos para la población y la economía rural. Estas ayudas están amparadas por el Reglamento (UE) 2022/2472 de la Comisión, de 14 de diciembre de 2022.

Dentro de esta acción, los costes soportados por los municipios que participen en proyectos de desarrollo local participativo (DLP) podrán optar a ayudas siempre que estos se lleven a cabo en uno o varios de los siguientes ámbitos:

a) investigación, desarrollo e innovación;

b) medio ambiente;

c) empleo y formación;

d) cultura y conservación del patrimonio;

e) silvicultura;

f) promoción de los productos alimentarios no incluidos en el anexo I del Tratado;

g) deportes.

• 7719.2.7– Conservación, mejora, fomento y divulgación del patrimonio rural, englobando en el mismo el arquitectónico, medioambiental, cultural, etnográfico, etc. Estas ayudas están amparadas por el Reglamento (UE) 2022/2472 de la Comisión de 14 de diciembre de 2022.

Dentro de esta acción, los costes soportados por los municipios que participen en proyectos de DLP podrán optar a ayudas siempre que estos se lleven a cabo en uno o varios de los siguientes ámbitos:

a) investigación, desarrollo e innovación;

b) medio ambiente;

c) empleo y formación;

d) cultura y conservación del patrimonio;

e) silvicultura;

f) promoción de los productos alimentarios no incluidos en el anexo I del Tratado;

g) deportes.

• 7719.2.8.– Formación. Estas ayudas están amparadas por el Reglamento (UE) 2022/2472 de la Comisión de 14 de diciembre de 2022.

Las operaciones de formación estarán orientados a fomentar las acciones de formación profesional, la formación previa, incluyendo la actualización de conocimientos, la orientación y el asesoramiento, tendentes a facilitar la inserción profesional de los trabajadores y la estabilidad y mantenimiento del empleo, quedando excluidas las actuaciones en materia de formación agraria y agroalimentaria.

La formación se destinará fundamentalmente a personas activas, en edad laboral (ocupadas o en situación de desempleo) que estén empadronados en cualquiera de los municipios que integran el territorio de aplicación de la Estrategia gestionada por el GAL.

LEADER-2023-2027-tabla

Tramitación de ayudas Leadercal

 

1. Solicitud de la Ayuda.

2. Acta de no Finalización.

3. Depuración administrativa de la solicitud.

4. Informe Técnico-Económico (ITE). Consulta Concurrencia de Ayudas en la BDNS.

5. Fiscalización de compromiso del gasto por el RAF.

6. Control Administrativo sobre la Solicitud de Ayuda, CASA.

7. Informe de Subvencionalidad.

8. Propuesta de Resolución

9. Resolución de la Ayuda.

10. Comunicación de la ayuda al beneficiario.

11. Comunicación de la Resolución de la Ayuda a la BDNS.

12. Contrato.

13. Declaración de ejecución de la Inversión y Solicitud de Pago.

14. Depuración administrativa.

15. I.T.E. de pago. Consulta otras ayudas en BDNS ITE PAGO FINAL

16. Fiscalización por el RAF de reconocimiento de la obligación y pago.

17. Control Administrativo sobre la Solicitud de Pagos, CASP.

18. Control sobre el terreno

19. Propuesta de Liquidación

20. Aprobación de la certificación.

21. Solicitud de fondos; Pago de la ayuda y Registro de Pagos.

22. Comunicación del pago a la BDNS.

 

Proyectos No productivos

Proyectos Aprobados